Centro Colombiano de Relaciones Públicas y Comunicación Organizacional

               

     

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éTICA 

Código de Etica

 

El  Relacionista  es  garante  del  derecho de información que asiste a toda persona.

 

La información que suministre será veraz y condicionada al bien común.

 

El relacionista es garante del derecho de participación que tiene toda persona.  Para ello creará canales eficaces de comunicación que permitan conocer los criterios e intereses de diferentes grupos y/o personas.

 

Su acción estará orientada a crear las condiciones morales y culturales que hagan posibles los derechos inalienables consagrados en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.

 

Deberá el Relacionista comportarse en toda ocasión y circunstancia en forma tal que merezca y obtenga la confianza de aquellos con quienes labora.

 

Es su obligación reconocer el derecho de los demás a expresar sus    criterios, para lo cual creará las mejores condiciones que permitan el verdadero diálogo.

 

No  podrá  el  Relacionista  utilizar  métodos, recursos  o  técnicas  de manipulación para originar motivaciones inconscientes que priven a la persona de su libre escogencia a poder responder por sus actos. Se negará el Relacionista a prestar su concurso a toda empresa o acción que atente contra la moral, la honestidad, la dignidad, y la integridad de la persona.

 

Es responsabilidad del Relacionista, velar porque  la empresa para la cual sirve, se identifique más con las necesidades de la comunidad y coopere con entusiasmo a su solución pronta y justa.

 

Su acción se encaminará a armonizar los intereses de la empresa a la cual presta servicios,  con los intereses de los diferentes públicos que integren la comunidad.

 

Por tener su profesión carácter público, el comportamiento privado del relacionista tendrá repercusión en los juicios que la opinión se forme sobre las Relaciones Públicas.

 

Sabrá el Relacionista ser colega y compañero, para ello procurará medirse en la crítica y en el elogio.

 

La emulación entre colegas se hará sólo a través de la eficiencia en los servicios profesionales.  Vedada está  la difamación y el uso de sistemas oscuros en la competencia profesional.

 

Debe el Relacionista lealtad y eficiencia a la empresa a la cual presta sus servicios profesionales.  Aquella respetará el derecho que asiste al Relacionista de ejercer su profesión de conformidad con los principios aquí consignados.

 

El secreto ético rige en aquellos asuntos en los cuales corre riesgo cierto y mayor, la empresa y/o el bien común.

 

Procurará el Relacionista la unidad gremial para defender la profesión con mayor capacidad 

 

 

 

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