El Relacionista es garante del
derecho de información que asiste a toda
persona.
La información que suministre será veraz
y condicionada al bien común.
El relacionista es garante del derecho
de participación que tiene toda
persona. Para ello creará canales
eficaces de comunicación que permitan
conocer los criterios e intereses de
diferentes grupos y/o personas.
Su acción estará orientada a crear las
condiciones morales y culturales que
hagan posibles los derechos inalienables
consagrados en la Declaración Universal
de los Derechos del Hombre.
Deberá el Relacionista comportarse en
toda ocasión y circunstancia en forma
tal que merezca y obtenga la confianza
de aquellos con quienes labora.
Es su obligación reconocer el derecho de
los demás a expresar sus criterios,
para lo cual creará las mejores
condiciones que permitan el verdadero
diálogo.
No podrá el Relacionista utilizar
métodos, recursos o técnicas de
manipulación para originar motivaciones
inconscientes que priven a la persona de
su libre escogencia a poder responder
por sus actos.
Se negará el Relacionista a prestar su
concurso a toda empresa o acción que
atente contra la moral, la honestidad,
la dignidad, y la integridad de la
persona.
Es responsabilidad del Relacionista,
velar porque la empresa para la cual
sirve, se identifique más con las
necesidades de la comunidad y coopere
con entusiasmo a su solución pronta y
justa.
Su acción se encaminará a armonizar los
intereses de la empresa a la cual presta
servicios, con los intereses de los
diferentes públicos que integren la
comunidad.
Por tener su profesión carácter público,
el comportamiento privado del
relacionista tendrá repercusión en los
juicios que la opinión se forme sobre
las Relaciones Públicas.
Sabrá el Relacionista ser colega y
compañero, para ello procurará medirse
en la crítica y en el elogio.
La emulación entre colegas se hará sólo
a través de la eficiencia en los
servicios profesionales. Vedada está
la difamación y el uso de sistemas
oscuros en la competencia profesional.
Debe el Relacionista lealtad y
eficiencia a la empresa a la cual presta
sus servicios profesionales. Aquella
respetará el derecho que asiste al
Relacionista de ejercer su profesión de
conformidad con los principios aquí
consignados.
El secreto ético rige en aquellos
asuntos en los cuales corre riesgo
cierto y mayor, la empresa y/o el bien
común.
Procurará el Relacionista la unidad
gremial para defender la profesión con
mayor capacidad